introducción | actitudes | voluntariado | asociacionismo | consejos | concejalías | planes | propuestas | muestra | proyectos | directorio | bibliografía | apéndice
Debido a su proximidad al ciudadano, el Ayuntamiento se convierte en la instancia de la Administración mejor situada para la aplicación de las políticas de juventud. Para ello y, por precepto constitucional en el ya nombrado artículo 48, deberá dotarse de un área específica que aborde las cuestiones relacionadas con este sector.
A pesar de que el citado artículo 48 de la Constitución obliga a la Administración Pública en todos sus niveles a prestar una especial atención al colectivo juvenil, las políticas de juventud, en sentido estricto, por cuestión de competencias recaen en las Comunidades Autónomas, quedando el Estado únicamente para el desarrollo de labores subsidiarias.
Esta exclusividad de las competencias en materia de Juventud a las Comunidades Autónomas no debe limitar de ninguna manera a las administraciones locales a la hora de preocuparse por la situación de los jóvenes en su ámbito de actuación, ni de llevar a cabo acciones políticas tendentes a cubrir sus necesidades.
La propia Ley 7/85 de Régimen Local otorga a los municipios y entes locales protagonismo, al ser la administración pública más cercana a los ciudadanos, pudiendo establecer programas y servicios que mejoren la calidad de la población de su territorio.
Basándonos en estas premisas, los Ayuntamientos deberán ser aquellos que proporcionen los servicios directos a la juventud. El municipio deberá ser, además, el canal de comunicación del joven con las demás administraciones.
En el presente año 2009 se celebra el 30º Aniversario de la constitución de los primeros ayuntamientos democráticos y, por lo tanto, de las primeras concejalías de juventud. Antes de entrar en materia, deberíamos hacer un breve recorrido por la trayectoria democrática de las políticas municipales en materia de juventud.
Antes del año 1979, durante la etapa predemocrática, el sistema de valores vigente en aquella época no permitía una cultura de la participación tal y como la conocemos ahora, puesto que ésta debe encontrarse impregnada por valores democráticos. Tampoco se realizaron infraestructuras juveniles, ni tan siquiera existía un tejido fuerte de asociacionismo juvenil, ya que la mayoría de las organizaciones de jóvenes existentes en la época anterior a la dictadura fueron obligadas a suspender sus actividades oficialmente, aunque no por ello llegaron a cesar del todo su actividad, puesto que siguieron funcionando de manera ilegal.
Con el advenimiento del Sistema Democrático no se puede hablar de una inmediata puesta en marcha de políticas de juventud en sus inicios. Hay que tener en cuenta que las prioridades en aquel momento eran otras y que no existían referentes que indicaran como trabajar en aquel sector.
El punto de inflexión que marcó un antes y un después en el desarrollo de este tipo de políticas fue el año 1985, proclamado por las Naciones Unidas como “Año Internacional de la Juventud”. En Barcelona se celebró su Congreso Mundial en el que tomaron parte más de 600 jóvenes de todo el mundo, los cuales redactaron la llamada “Declaración de Barcelona” que, entre otras cuestiones, destacó la importancia fundamental que reviste la participación directa de la juventud en iniciativas concretas e innovadoras que puedan aportar, de manera decisiva, el establecimiento de un nuevo orden económico internacional basado en la justicia y la equidad.
Dicha Declaración hace un llamamiento a las administraciones públicas para que apliquen políticas y programas operacionales de apoyo que promuevan la iniciativa de los propios jóvenes, especialmente:
- Realizar programas que aborden la situación de los jóvenes más desfavorecidos.
- Potenciar el desarrollo para la paz, solidaridad, tolerancia y comprensión entre los pueblos.
- Apoyar las iniciativas juveniles en las esferas económica, social, política y cultural.
- Intensificar los intercambios juveniles.
- Acentuar la democratización de los sistemas educacionales.
- Desarrollar programas de educación y formación profesional.
- Potenciar el fomento del asociacionismo juvenil.
Este Documento y su repercusión supuso un nuevo impulso y orientación clara sobre el trabajo a realizar a la hora de plantearse objetivos las concejalías de juventud, generando así múltiples estudios, encuestas e informes que presentaban sus diagnósticos sobre la problemática juvenil en la diversas zonas de España.
Los años 90 supondrán la consolidación de las políticas de juventud naciendo iniciativas de todo tipo con vocación de permanencia en el tiempo (asesorías, servicios de información juvenil, casas de juventud, convocatorias de subvenciones). También comenzarán a publicarse los primeros planes integrales de juventud con propuestas políticas que, de una forma global, recogían y buscaban soluciones a los problemas y necesidades más importantes de la juventud.
Con la entrada en el nuevo milenio se tomará como referencia El Libro Blanco de la Comisión Europea sobre la Juventud “Un nuevo impulso para la juventud” de 21 de noviembre de 2001. En dicho documento se marcan las líneas prioritarias de las Políticas Europeas dirigidas al sector Juvenil. Entre sus recomendaciones se especifica que es necesario proceder a homogeneizar, coordinar, regularizar e integrar todas las políticas de juventud en una sola norma, para, precisamente, conseguir los fines perseguidos y evitar las duplicidades y las sobreposiciones.
También recoge una serie de planteamientos, tales como la educación y formación; integración social y laboral, emancipación; información, orientación y asesoramiento; participación en la vida pública, etc., que es necesario tener en cuenta a la hora de planificar las actuaciones dirigidas a la juventud.
Según viene recogido en la Ley de Bases de Régimen Local, las personas responsables de las concejalías son elegidas mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto. A ellos, junto a la alcaldía, corresponderán el gobierno y la administración municipal.
Según esta norma, las personas responsables de las concejalías podrán delegar el ejercicio de ciertas atribuciones para cometidos específicos en las personas responsables de las concejalías.
Todos los ayuntamientos ofrecerán diversos servicios públicos en el ámbito de sus competencias, éstos podrán gestionarse mediante diferentes formas. En el ámbito de las políticas de juventud podemos destacar las dos más importantes: gestión por la propia entidad local o a través de un organismo autónomo (en nuestro caso, Instituto Municipal de Juventud).
Un Instituto Municipal de Juventud es un organismo autónomo local (aunque adscrito a la concejalía que tenga las competencias en materia de juventud) que cuenta con independencia y autonomía funcional en el ejercicio de sus funciones. Se rige por el derecho administrativo y se le encomienda, en régimen de descentralización funcional y en ejecución de programas específicos, la realización de actividades de fomento, prestaciones o de gestión de servicios públicos en materia juvenil.
Los fines que persigue un Instituto Municipal de Juventud son los siguientes:
- Fomento del desarrollo de actividades y prestaciones de servicio a la juventud en el ámbito local.
- Elaboración y ejecución de los programas juveniles.
- Promoción de la participación juvenil.
- Organización y coordinación de los distintos departamentos y servicios que se creen en el Instituto.
- Coordinación del uso y utilización de las instalaciones del Instituto, así como su aprobación y supervisión de las actividades que allí se realicen.
- Cualquier otra función, que en relación con la juventud, le sea encomendada por el ayuntamiento.
Características principales del Instituto Municipal de Juventud:
- Contarán con personalidad jurídica propia y autonomía financiera y funcional, aunque dependiente del ayuntamiento.
- Su creación, modificación y supresión corresponden al Pleno, el cual también aprobará sus estatutos.
- Se establecerá un titular del máximo órgano de dirección del mismo que ejercerá como director o gerente del Instituto, su perfil deberá corresponderse con el de un titulado superior, funcionario de carrera o profesional en
el sector privado con más de 5 años de ejercicio, aunque el Pleno del Ayuntamiento podrá establecer las excepciones que crea necesarias en función de las características específicas del puesto.
- Como órgano de decisión del Instituto existirá un Consejo Rector, cuya composición será determinada por los estatutos del organismo autónomo y que, en todo caso estará presidido por el alcalde o el concejal en quien delegue esta competencia.
- El régimen jurídico del personal de servicio de los organismos autónomos locales será el mismo que el del resto del ayuntamiento.
- Estarán subordinados a la concejalía de la cual dependan en lo que se refiere a los gastos de personal y a la gestión de sus recursos humanos, el cual controlará que los fines y objetivos por los que se creó se están cumpliendo.
- Cada año deberá formar inventario con sus bienes y derechos que será remitido para su aprobación a la concejalía de la cual dependa.
- Los contratos de cuantía superior al límite fijado por sus estatutos deberán contar con la autorización de la concejalía de la que dependa.
Los estatutos de los organismos autónomos locales comprenderán los siguientes extremos:
- La determinación de los máximos órganos de dirección del organismo, ya sean unipersonales o colegiados, así como su forma de designación.
- Las funciones y competencias del organismo, con indicación de las potestades administrativas generales que éste puede ejercitar.
- El patrimonio que se les asigne para el cumplimiento de sus fines y los recursos económicos que hayan de financiar el organismo.
- El régimen relativo a recursos humanos, patrimonio y contratación.
- El régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, de intervención, control financiero y control de eficacia, que serán, en todo caso, conformes con la legislación sobre las Haciendas Locales y con lo dispuesto en la Ley de Bases de Régimen Local.
- Los estatutos deberán ser aprobados y publicados con carácter previo a la entrada en funcionamiento efectivo del organismo público correspondiente.
Servicios de Información Juvenil:
En todas las Comunidades Autónomas existen Centros de Información y Asesoramiento Juvenil. Dichos organismos, dependientes del área de juventud de cada Administración Autonómica, deben prestar unos servicios básicos de información, documentación y asesoramiento juvenil. Todos ellos se encuentran conectados entre sí, además de con la Red Estatal de Servicios de Información Juvenil.
Extremadura tiene su propia red de servicios e información juvenil. El planteamiento de su puesta en marcha se remonta al año 1985. Hoy, la Red de Servicios de Información y Documentación Juvenil de Extremadura está regulada por la Orden del 17 de noviembre de 1994 (DOE nº 137 de 1 de diciembre). En ella viene recogida de forma clara su estructura y los trámites a seguir para constituir un nuevo servicio.
Como cabecera de esta Red se encuentra el Centro Coordinador de Información y Documentación Juvenil cuyas dependencias están situadas dentro del Instituto de la Juventud de Extremadura, organismo del cual depende. Algunas de sus funciones son:
- Recabar, catalogar y distribuir toda la información y documentación de interés para la juventud que pueda satisfacer su demanda.
- Asesorar a la juventud en las áreas de promoción de la salud, orientación profesional, autoocupación, etc.
- Coordinar los Servicios de Información y Documentación a fin de asegurar en todo momento las condiciones técnicas y la correcta prestación de los servicios que ofrecen.
- Proponer y preparar, en su caso, la edición de publicaciones, trabajos, estudios y folletos sobre temas juveniles de interés general.
Este organismo busca que la información pueda llegar de la manera más efectiva y directa al ciudadano estableciendo así un sistema de redes y de servicios dependientes del mismo en todos los pueblos y ciudades de la región.
Las concejalías de juventud de los ayuntamientos deben apoyarse en estos servicios no sólo para facilitar el acceso a la información a los jóvenes, sino para conocer de primera mano cuales son sus principales necesidades e inquietudes que les ayuden a planificar sus políticas de juventud concretadas en los Planes Integrales de Juventud.
De esta manera, los servicios de que dispone esta red para su implantación a nivel local son:
• Oficinas de Información Juvenil: Cuya misión será la de cubrir la demanda de información en las comarcas, mancomunidades o municipios donde se encuentren ubicados. Los requisitos mínimos que existen para poder constituirse como OIJ son:
- Disponer de un local exclusivo para ofrecer este servicio.
- Cumplir un horario mínimo de 20 horas de atención al público.
- Contar con recursos humanos suficientes para garantizar la calidad en estas tareas de información.
• Puntos de Información Juvenil: Sus requisitos serán similares a los ofertados por las OIJ aunque más flexibles en lo que se refiere al número de horas y al personal al servicio del mismo. Pero sí deberán contar con un espacio diferenciado dentro del local que dispongan para ejercer otras funciones. Estos Puntos de Información suelen depender de entidades muy ligadas al mundo juvenil: asociaciones juveniles, escuelas de formación en tiempo libre, ONG’s, Institutos de enseñanza, etc., o de las instituciones públicas como Ayuntamientos que no pueden reunir los requisitos exigidos para poner en marcha una Oficina.
Las actuaciones que llevarán a cabo estos servicios puestos a disposición del joven son los siguientes:
- Servicio de información y consultas a los jóvenes.
- Recursos que favorezcan la autoconsulta (páginas Web, tablones de anuncios…)
- Puesta a disposición para su consulta de un fondo documental (revistas, folletos, publicaciones…)
- Dotación de recursos audiovisuales.
- Realización de bases de datos relativas a oposiciones, becas, ayudas, concursos, premios, actividades formativas…
- Guías de recursos para jóvenes.
- Elaboración de una revista joven.
- Intercambio con otras redes locales, comarcales o autonómicas.
- Teléfono directo de atención a los jóvenes.
- Expedición del Carnet Joven, Go-25, Alberguista, Teacher, ISIC, etc.
Asesorías juveniles:
Las concejalías de juventud deben contar en la medida de sus posibilidades con gabinetes especializados de orientación sobre ámbitos de interés para los jóvenes de su municipio.
La gestión de estos servicios puede llevarse a cabo de manera coordinada con entidades, empresas o colegios profesionales expertos en el sector, mediante la firma de convenios.
Algunos ejemplos de estos tipos de asesorías podrían ser:
- Asesoría jurídica: Prestaría un servicio ofreciendo un primer enfoque en todas aquellas cuestiones cotidianas que puedan ocurrir (arrendamientos, multas, contratos de trabajo, derechos de los jóvenes…).
- Asesoría de vivienda: Información general sobre ayudas y subvenciones en materia de vivienda: compra o alquiler, rehabilitación, Viviendas de Protección Oficial, contratos, etc.
- Asesoría afectivo-sexual: Proporcionaría información sobre educación afectivo-sexual, métodos anticonceptivos, enfermedades de transmisión sexual, test de embarazo y preservativos gratuitos…
- Asesoría sobre trastornos alimentarios: servicio de información y asesoramiento tendente a facilitar información general sobre tales trastornos y los factores a ellos asociados, valorar su posible existencia, procediendo a su derivación, en caso de ser necesaria, a los correspondientes especialistas en la materia.
- Asesoría laboral: que incluiría una bolsa de empleo joven, con servicio de orientación laboral.
- Asesoría para la gestión de asociaciones: Trámites para constituir una asociación, exenciones fiscales, contabilidad de la asociación, ayudas y subvenciones…
Instalaciones e infraestructuras para jóvenes:
Las Concejalías de Juventud deberán disponer de servicios y medios que faciliten a los jóvenes el desarrollo de sus inquietudes culturales o de gestión asociativa. Algunos ejemplos de servicios de los que debería disponer o gestionar son:
- Albergues de juventud o instalaciones para acampadas juveniles.
- Puntos de reunión juvenil que propicien el encuentro de la juventud en su tiempo libre, y la habilitación de un espacio destinado a exposiciones.
- Sala de conferencias y usos múltiples.
- Locales para asociaciones juveniles, donde podrán realizar sus reuniones aquellas entidades que no dispongan de sede propia, con un uso compartido de los mismos. Estarían dotados de equipos informáticos, mobiliario, material de oficina y una taquilla donde se pueda guardar la documentación y material de cada asociación.
- Actividades culturales: se dispondría de la dotación de recursos para que la juventud pudiera desarrollar actividades de tipo artístico o cultural (teatro, manualidades, bailes…)
- Locales de ensayo para grupos musicales noveles con sus correspondientes equipamientos, paredes insonorizadas, etc.
- Emisora de Radio Joven: Donde no sólo se pudieran diseñar y desarrollar programas juveniles de radio a cargo de las propias asociaciones sino que también tuviera un servicio de grabación de maquetas musicales.
- Instalaciones para desarrollar diferentes tipos de ocio: a las ya clásicas pistas de deportes más convencionales (fútbol, baloncesto, balonmano, etc.) se añadirían escalada, monopatín, tunning, graffiti…
- Zonas WIFI.
En este sentido las administraciones autonómicas cuentan con instalaciones puestas al servicio de cumplir con estas demandas en las grandes ciudades. En la Comunidad Autónoma de Extremadura existen dos grandes propuestas en este sentido:
Espacios para la Creación Joven: Son lugares de encuentro con usos alternativos y polivalentes, de ocio creativo que nacen con la vocación de crear espacios propios en los que la juventud pueda desarrollar sus inquietudes artísticas y culturales.
Se ubican en espacios industriales o edificios en desuso cedidos por los propios ayuntamientos para, de esta manera, revitalizar la zona.
Estos espacios se encuentran divididos en áreas:
- Artes Musicales.
- Artes Audiovisuales.
- Artes Plásticas.
- Artes Escénicas.
- Ambigú.
- Área Expositiva.
Factoría Joven: Es una instalación compuesta por una serie de espacios, tanto abiertos como cerrados, destinados al disfrute de un ocio diferente de la juventud y como punto de encuentro y referencia de éstos. Son instalaciones con un diseño vanguardista y dinámico construidas por la Administración Autonómica en terrenos cedidos por los ayuntamientos de las grandes ciudades. Se encuentran concebidos para actividades de ocio variadas en función de los gustos y modas juveniles como las relacionadas con los deportes alternativos, entre otras propuestas: rocódromo, tuning, karting, aeromodelismo, frontón, hockey sobre patines, expresión corporal y danza.
Convocatorias de ayudas a asociaciones juveniles:
Muchos ayuntamientos, comprendiendo que uno de los medios de promocionar la participación juvenil es dotando a las entidades juveniles de los medios económicos necesarios para poder gestionar sus propios programas, sacan a la luz convocatorias de subvenciones para la realización de actuaciones que se desarrollen en el ámbito juvenil favoreciendo la realización de actividades que repercutan de forma positiva en el entorno.
Por lo tanto, serán acciones subvencionables aquellas que se enmarquen en las siguientes áreas:
- Las que fomenten el Asociacionismo Juvenil.
- Las que potencien la actividad social, artístico-creativa y cultural de la juventud y otras formas saludables de ocio.
- Las encaminadas a avanzar en los principios de la paz, la solidaridad, la tolerancia y la convivencia plural.
- Las orientadas a la defensa del medio ambiente.
- Las que promuevan la integración social y laboral, así como la igualdad de oportunidades.
- Las relacionadas con la educación para el consumo responsable y el uso adecuado de las Tecnologías de la Información y Comunicación.
- Las que potencien la formación cívica y la educación vial.
- Las que persigan la cooperación al desarrollo con campañas de sensibilización.
- Las que potencien las relaciones internacionales entre la juventud.
- Las que persigan la reinserción de personas inmigrantes o cualquier otro colectivo desfavorecido.
- Las destinadas al mantenimiento y conservación de enseres de las asociaciones.
Las actuaciones contempladas en el programa presentado deberán ser abiertas e ir dirigidas a la generalidad de la población joven de la localidad, teniendo especial consideración aquellas que se realicen en red con otras entidades involucradas en el sector donde se vaya a realizar la acción.
Campamentos urbanos:
Aunque éstos no se encuentran destinados específicamente a jóvenes, sino que tienen un carácter más infantil, suelen enmarcarse en las competencias propias de las concejalías de juventud, debido fundamentalmente a que plantean actividades de ocio en el tiempo libre, uno de los ámbitos claves donde desarrollar las políticas de juventud.
Los campamentos urbanos están compuestos por un conjunto de actividades con carácter lúdico-educativo que se llevan a cabo, de una manera organizada y planificada en diversas instalaciones ubicadas en un mismo municipio.
Dichas actividades se desarrollan durante el período vacacional (verano, Semana Santa o Navidad) y se encuentran dirigidas fundamentalmente a niños y niñas de Educación Infantil y Primaria. De esta manera contribuyen a la conciliación entre la vida personal y profesional de padres y madres.
En este tipo de campamentos se aprovecha para trabajar con la infancia valores tan importantes como la amistad, el compañerismo, la solidaridad o el respeto por el medio ambiente, la creatividad, la iniciativa, y la autoestima personal mediante actividades basadas en la imaginación, la participación, el juego y el planteamiento de retos.
Las actividades que se llevan a cabo en un Campamento Urbano pueden abarcar desde el apoyo escolar, los idiomas, las manualidades y el teatro hasta los deportes, juegos cooperativos, bailes, canciones, gymkhanas y juegos acuáticos en verano.
Los niños y niñas participantes son organizados en grupos de edad, teniendo cada grupo un monitor responsable que llevará a cabo con ellos la mayoría de las actividades, estando también a su cargo cuando se realicen juegos colectivos.
Programas de ocio nocturno alternativo:
Es mucho lo que se podría decir de este tipo de ofertas que nacen con la vocación por parte de los ayuntamientos de presentar a los jóvenes alternativas saludables de ocio nocturno.
Desde hace ya bastantes años, la noche ha sido incorporada a la realidad del uso del tiempo de los ciudadanos, especialmente de la juventud. A la Administración no le queda, por tanto más remedio que incorporarla a los programas educativos en el tiempo libre, proponiendo así diversas actividades para los fines de semana en horario nocturno.
Hay que intentar no caer en la idea de plantear estos programas como estrategias de lucha contra el fenómeno del botellón puesto que se corre el riesgo de que muchos jóvenes lo vean, por un lado, como una estrategia adulta de control, lo que produciría un rechazo por parte de estos hacia el tipo de actividades planteadas. El enfoque más efectivo y honesto es el de presentarlas como programas saludables de ocio.
Es necesario diseñar nuevas fórmulas más dinámicas y prácticas a la hora de poner en práctica este tipo de programas, huyendo de la excesiva burocratización de los mismos que permitan que su gestión se flexibilice y se vuelvan más acordes con los intereses e inquietudes de la juventud.
La época del año en que se llevan a cabo, el horario y el tipo de actividades planteadas son fundamentales para que gocen de suficiente aceptación entre los jóvenes.
El diseño de estos programas no pueden partir sólo de la propia administración, sino que debe seguir un criterio participativo que involucre a gran parte del tejido social. El movimiento asociativo, como forma articulada de potenciar la participación juvenil debe ser un referente constante a la hora de tomar el pulso a la juventud cuando se emprenda la tarea del diseño de estas campañas.
Son muchas las acciones llevadas a cabo en el marco de este tipo de programas, unas tienen el éxito asegurado, otras en cambio son un rotundo fracaso por su falta de calado en la juventud.
Algunos ejemplos de actividades nocturnas de ocio alternativo son:
- Talleres de baile en cualquiera de sus modalidades.
- Competiciones deportivas.
- Fiestas Light.
- Talleres de artes circenses, teatro, percusión…
- Actividades multiaventura.
- Gimnasia, aerobic.
- Acampadas o excursiones de fin de semana.
- Cursos de formación.
- Clases de conducir.
- Cine a precios más económicos.
- Apertura de bibliotecas para el estudio.
- (…)